PN Nahuel Huapi, Neuquén y Río Negro
PN Nahuel Huapi: ver anexo Parques Nacionales

Neuquén y Río Negro –Zona I: Entre 500 m aguas abajo de la Presa Piedra del Águila y 500 m aguas abajo del puente (cartel de zona restringida). Desde el Puente hacia aguas arriba, no desembarcar en la margen neuquina (costa norte-noroeste): Modalidad (M) – Apertura: 01/11/2025 – Cierre: 31/05/2026. LD: 2 truchas arco iris. Devolución obligatoria de percas y truchas marrones, anzuelo sin rebaba.

Zona II: Entre el puente aguas abajo de la Presa Pichi Picún Leufú y la estación de aforo de la AIC (aproximadamente 2.000 m aguas abajo del puente): Modalidad (M) – Apertura: 01/11/2025 – Cierre: 01/05/2026. Devolución obligatoria de todos los peces, anzuelo sin rebaba. Prohibida la navegación, área exclusiva de vadeo.

Zona III: Entre la estación de aforo de la AIC (aproximadamente 2.000 m aguas abajo del puente cercano a la Presa Pichi Picún Leufú) y el paraje Álamo Guacho (señalizado): Modalidad (M), (S), (SBM) – Apertura: 01/11/2025 – Cierre: 31/05/2026. LD: 2 percas y 10 pejerreyes. Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba. Pesca del Pejerrey sólo con equipo de mosca. Desde 500 m aguas abajo de la Represa El Chocón hasta aproximadamente 8 km aguas abajo (señalizado): Modalidad (M), (S), (SBM) – Apertura: 01/11/2025 – Cierre: 31/05/2026. LD: 2 percas y 10 pejerreyes. Devolución obligatoria de todos los salmónidos. Anzuelo simple sin rebaba. Pesca del pejerrey solo con equipo de mosca (M).

Zona IV: Entre la Presa Arroyito y la confluencia con el Río Neuquén: Apertura: 01/11/2025 – Cierre: 30/06/2026. Modalidad (S), (M), (SBM), Bait casting LD: 1 Perca, 5 Pejerreyes y 1 Trucha arco iris y carpa sin límite. Pesca del Pejerrey solo con mosca. Desde el 01/04/2026: Devolución obligatoria de todos los salmónidos capturados, anzuelo sin rebaba. Desde Julio a octubre de 2026: pesca autorizada de carpa sin límite. La especie Carpa común se podrá pescar exclusivamente con caña y líneas de flote o de fondo con dos anzuelos de tamaño mínimo equivalente a la denominación seis (6), con o sin rebaba y carnada/cebo únicamente tipo pasta de harinas vegetales. Prohibido pescar 500 m aguas arriba y abajo de la bocatoma del Canal Principal de Riego del Valle Inferior (Arroyito).

Ambiente compartido, ver Anexos de Parques Nacionales y Río Negro.