Anexo Neuquén
La ADQUISICIÓN del presente REGLAMENTO, representa la ACEPTACIÓN, CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO TOTAL del mismo.
El gobierno de la Provincia del Neuquén por medio de las normas legales vigentes recuerda que es obligatorio, por parte de todos los usuarios del recurso hídrico, efectuar las medidas de bioseguridad establecidas con el objeto de prevenir la dispersión del alga Didymosphenia geminata y otros organismos invasores, los cuales ocasionan importantes daños al ecosistema. Esta indicación se efectúa para todos los ambientes del territorio provincial, sin considerar la modalidad de pesca desarrollada en los mismos. Mayor información en:
https:// ambiente.neuquen.gov.ar/pages/dydimo.php y/o www.neuquen.gov.ar/ma/main.php.
1. AUTORIDAD DE APLICACIÓN Y FISCALIZACIÓN
1º. La Autoridad de Aplicación es la Secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente y el cumplimiento del presente Reglamento será fiscalizado por la Dirección Provincial de Áreas Naturales Protegidas y Recursos Faunísticos.
Las infracciones a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento, se incorporarán al Registro de Infractores y serán sancionadas de acuerdo a la Ley Provincial N° 2539/06, su normativa reglamentaria y a la Ley Nacional N°22421.
2. Consideraciones y prohibiciones generales
En todos los Ambientes de pesca se prohíbe la portación de artes de captura tales como: redes, arpones, explosivos, espineles, trampas, cebos y otros elementos no autorizados. La tenencia de estos elementos, se considera como si estuvieran en uso efectivo y será sancionada en el marco de la Ley.
a. Se recomienda muy especialmente no vadear en Ríos y Arroyos durante el mes de noviembre, para evitar producir eventuales daños en las camas de desove, aún existentes durante ese período.
b. En los ambientes de pesca de las Áreas Naturales Protegidas Provinciales son de devolución obligatoria todos los ejemplares de las especies autóctonas (perca, pejerrey patagónico, bagre, peladilla, puyen, etc.).
c. Está prohibido el transporte de ejemplares vivos (en todos sus estadios) de todas las especies ícticas, en todo el Territorio Provincial.
d. Sólo se autoriza el acceso a los ambientes de pesca por los lugares habilitados, consultar en la página web www.neuquentur.gov.ar
e. Está prohibido, sujeto a infracción, contratar servicios de Guías de Pesca, que no estén debidamente habilitados como prestadores de servicios turísticos de la Provincia de Neuquén. Al respecto consultar nómina de prestadores habilitados en la web www.neuquentur.gov.ar
f. Se recuerda a todos los Prestadores de Servicios de Pesca Provinciales, que está vigente la Resolución Nº 853/10 MDT que, en su Anexo Único, Apéndice I, reglamenta la actividad de Prestadores Turísticos de Pesca Deportiva, cuyo incumplimiento acarreará sanción.
g. Está prohibido pescar dentro de los 500 metros aguas arriba y aguas abajo de las presas o diques existentes en el curso de los Ríos Limay y Neuquén, como así también en todas las construcciones artificiales que formen parte de obras hídricas como: canales, vertederos, boca tomas o pulmones.
h. Está prohibido pescar con embarcaciones a la deriva arrastrando anclas o muertos sobre el fondo y la utilización de cualquier elemento de anclaje manufacturado con plomo.
i. Debido al alto riesgo de incendios que predomina en la temporada estival, queda expresamente prohibido encender fuego en costas de ríos y en otros ambientes de compleja accesibilidad, exceptuando los lugares existentes habilitados y demarcados para tal fin.
j. Está prohibido depositar o abandonar residuos en las riberas o costas de cursos y espejos de agua, estos deben ser retirados por los pescadores y depositados en lugares habilitados a tal fin.
k. Los Eventos de Pesca sólo podrán ser organizados por la Autoridad de Aplicación, Municipios o Instituciones con Referente Técnico en la materia y con personería jurídica vigente. Éstos deberán solicitar a la Autoridad de Aplicación (ver Art.1), la autorización correspondiente con una antelación no menor a veinte (20) días, a los efectos de ser evaluada.
l. Se sugiere consultar otras reglamentaciones generales aplicables y complementarias a la pesca deportiva por medio de la página web www.neuquentur.gov.ar de la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén.
m. En los Ambientes que no figuran taxativamente en este Reglamento se aplica la Reglamentación General.
3. Temporada de pesca – Apertura y cierre
La Provincia de Neuquén, por medio de la Dirección General del Centro de Ecología Aplicada del Neuquén (CEAN), establece técnicamente y de acuerdo al control sobre las dinámicas en los desoves de las especies, la apertura y cierre de la temporada.
Ante eventuales condiciones ambientales adversas de cualquier índole que según criterio técnico del organismo de investigación y consulta (CEAN) atente contra los ecosistemas y/o su fauna, se podrán modificar las fechas propuestas a continuación en los ambientes que así lo requieran.
Las fechas de apertura y cierre en Embalses, Lagos, Lagunas, Ríos y Arroyos, son iguales al Reglamento General. Las excepciones se encuentran en el Listado Alfabético de Ambientes, que forma parte del presente como ANEXO.
4. Ante la pérdida o extravío del Permiso de pesca, el interesado tendrá que abonar un nuevo permiso.
5.Los permisos de pesca adquiridos por el sistema de venta on line SERÁN VÁLIDOS SÓLO PARA LA PROVINCIA DE NEUQUÉN y para ser utilizados en otras jurisdicciones (Provincias y APN) DEBERAN validar el mismo en las oficinas de fauna de la Provincia a efectos de recibir una licencia con el estampillado convencional.
6. Zonas preferenciales y permisos adicionales
Para pescar en las zonas preferenciales, Zona I (Boca) Río Chimehuín y Río Correntoso, es obligatorio adquirir y portar un Permiso Adicional Zona Preferencial (AZP) además del permiso ordinario, con o sin cargo.
Estos permisos tienen vigencia sólo en la Provincia del Neuquén y sus períodos de validez y valores son:
a. Permiso Adicional Zona Preferencial Temporada (AZP–T) Pesos quinientos ($ 500).
b. Permiso Adicional Zona Preferencial Semanal (AZP–S) Pesos doscientos cincuenta ($ 250).
c. Permiso Adicional Zona Preferencial Diario (AZP–D) Pesos ciento veniticinco ($ 125).
Otros Permisos
Los residentes de la Provincia del Neuquén, que deseen pescar sólo en el Parque Nacional Laguna Blanca, deberán contar con un permiso válido para este ambiente, el cual puede ser adquirido en los locales habilitados al efecto.
Permiso Residente Temporada Laguna Blanca (RT-LB) pesos doscientos cincuenta ($ 250).
7. Modalidades de pesca, equipos y señuelos
Las modalidades de pesca, equipos y señuelos son los mismos que en el Reglamento General, Spinning, Bait Casting y tarrito (S), Mosca o Fly Cast (M), arrastre o
· La pesca del pejerrey sólo puede realizarse en los Ambientes Autorizados. (Consultar excepciones en el Listado de Ambientes, que forma parte de este Anexo) y con los siguientes equipos:
· Caña con línea de flote con hasta dos (2) anzuelos de tamaño máximo equivalente a la denominación ocho (8) y carnada viva.
· Caña con línea de fondo con hasta dos (2) anzuelos de tamaño máximo equivalente a la denominación ocho (8) y carnada viva, exclusivamente en los embalses Mari Menuco y Los Barreales.
· Equipo específico para mosca o fly cast usando línea de flote y moscas con anzuelo de tamaño máximo equivalente a la denominación doce (12).
· La pesca de la carpa puede realizarse con los siguientes equipos y sólo en los lugares habilitados (consultar Listado alfabético de ambientes de este Anexo):
· Caña con línea de fondo con hasta dos (2) anzuelos simples tamaño mínimo equivalente a la denominación seis (6) y cebo (carnada) tipo pasta de harinas.
· Caña con línea de flote con hasta dos (2) anzuelos simples de tamaño mínimo equivalente a la denominación seis (6) y cebo (carnada) tipo pasta de harinas.
· Equipo específico para mosca o fly cast usando línea de flote/hundimiento.
En la pesca con equipo de mosca y para todas las especies se permite el uso de “Dropper”, conformado por NO más de 2 señuelos de tipo mosca con un solo anzuelo simple cada uno, sin rebaba o con rebaba aplastada. El uso de “Dropper”, será aplicable a todos los ambientes con excepción de las jurisdicciones compartidas y las zonas denominadas preferenciales: Zona I (Boca) Río Chimehuín y toda la extensión del Río Correntoso.
8. Límites y tallas
Los límites diarios en la Provincia del Neuquén son los siguientes:
· Truchas: No se permite el sacrificio de salmónidos, (Consultar excepciones en el Listado de Ambientes, que forma parte de este Anexo). Queda expresamente prohibido sin excepción el sacrificio de ejemplares de Salmón del Atlántico o Salmón Encerrado en todos los ambientes de la Provincia del Neuquén.
· Percas: Se permiten 2 ejemplares por día, en los ambientes donde está autorizado.
· Pejerreyes: Se permiten hasta 20 ejemplares por día en los ambientes donde está autorizado.
· Carpas: Se permite su extracción sin límite diario, por ser una especie ampliamente invasiva y con alta tasa de reproducción.
9. Navegación y pesca embarcada
Se recomienda el uso de motores de 2 tiempos con certificación de emisiones Ultra Bajas y aceite ecológico. Las embarcaciones usadas con fines de pesca y los timoneles o conductores náuticos responsables de las mismas, deberán estar habilitadas/os y cumplir con todos los requisitos exigidos por la Prefectura Naval Argentina y por las correspondientes Autoridades Provinciales de Aplicación.
Para evitar que las poblaciones de peces y la actividad de pesca deportiva sea perturbada, se prohíbe la navegación en todas sus formas y cualquier otra actividad de superficie o subacuática en los ambientes establecidos como Zonas Preferenciales: Zona I – Boca del Río Chimehuín y toda la extensión del Río Correntoso.
Embalses y Lagos
Se autoriza la pesca con motor en funcionamiento. (Consultar excepciones en el Listado de Ambientes, que forma parte de este Anexo).
Ríos
Queda prohibida la navegación con motor en todos los ríos de la Provincia, exceptuando zona I, III y IV del Rio Limay.
La única modalidad admitida para la pesca embarcada será mosca o fly cast, utilizando equipo específico de ésta y anzuelo sin rebaba o una rebaba aplastada, quedando especialmente prohibida la pesca de arrastre o trolling, aún navegando a la deriva (garete o camalote). La reglamentación determina la devolución obligatoria de los salmónidos.
En el Río Limay Zona I,III y IV, las embarcaciones con motor sólo podrán utilizarse para el desplazamiento de los pescadores, debiendo estos descender de la misma para pescar. Pescar desde una embarcación con motor se considerará en infracción.
En los ambientes donde la navegación implique más de una jornada de duración y se realice entre sitios autorizados para el ingreso y egreso de embarcaciones, deberán utilizarse áreas de acampe habilitadas para uso exclusivo de la actividad de pesca deportiva. Verificar en la web:
http:// sit.neuquentur.gob.ar/es/sit/accesos/pesca/ búsqueda.
10. Se sugieren como Áreas de acampe lugares que fueron debidamente consensuados con la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y la Subsecretaria de Turismo Provincial, las siguientes islas:
1. De los Sauces (Río Aluminé), ubicada en coordenadas: 39º 44' 58" S - 70º 55' 23" O
2. Piedra del Monje Palenque (Río Caleufu), ubicada en coordenadas: 40º 26' 32" S - 71º 03' 49" O
3. El Sauce (Río Caleufu), ubicada en coordenadas: 40º23' 27" S - 70º 55' 57" O
4. Paredón Blanco Sur (Río Collón Cura), ubicada en coordenadas: 40º 16' 10" S - 70º 40' 02" O
5. Piedras Negras (Río Chimehuín), ubicada en coordenadas: 40º 03' 74.9" S - 70º 50' 74.8" O
LOCALIDAD | INSTITUCION | DIRECCION | TEL - MAIL |
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Neuquén | Dirección General de Gestión Operativa | Ruta Nac. 22 y Calle Obrero Argentino Tel. 0800-666-6636 (Denuncias) Tel. 0299-4495685 faunadenuncias@neuquen.gov.ar pesca@neuquen.gov.ar |
Tel 0800-666-6636 Tel 0299 – 4495685 faunadenuncias@neuquen.gov.ar pesca@neuquen.gov.ar |
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Fauna Dirección General Coordinación Este | R.Nac. 22 y Calle Obrero Argentino Tel. 0299-4425020 |
Tel 0299 – 4425020 dptoregionaleste@gmail.com |
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Prefectura Naval | Democracia y Río Negro - Isla 132 - Paseo de la Costa - Tel 106 | 106 | |
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Policía Provincial | Richieri Nº 775 - Tel 101 | 101 | |
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Zapala | Fauna Dirección General Coordinación Centro | Elena de la Vega N° 472 Tel. 02942-430032 tatocentro@hotmail.com |
Tel 02942 - 430032 tatocentro@hotmail.com |
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Chos Malal | Fauna Dirección General Coordinación Norte | Lamadrid y Rivadavia Tel. 02948-422709 fauna_rn@neuquen.gov.ar |
Tel.02948 – 422709 fauna_m@neuquen.gov.ar |
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Junín de los Andes | Fauna Dirección General Coordinación Huiliches | Roca Nº 29 Tel. 02972-491277 nestorskruta@gmail.com |
Tel 02972 - 491277 faunajunin@gmail.com |
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Aluminé | Fauna Dirección General Coordinación Aluminé | 4 de Caballería Nº 675 Tel. 02942 - 496454 faunaalumine@hotmail.com |
Tel 02942 – 496454 faunaalumine@hotmail.com |
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Los Lagos | Fauna Dirección General Coordinación Los Lagos | Obispo Nevares N° 266-VLA Tel. 02944-488087 faunavla@hotmail.com |
Tel 02944 – 488087 faunavla@hotmail.com |
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Junín de los Andes | C.E.A.N. | Ruta Provincial 61 Km. 3 Tel. 02972-413956 cean.difusion@neuquen.gov.ar www.cean.gob.ar |
Tel 02972 – 413956 cean.difusion@neuquen.gov.ar www.cean.gob.ar |
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LISTADO DE AMBIENTES DE NEUQUEN
Importante:
En los Ambientes no incluidos en este listado, se aplica la Reglamentación General
Referencias:
LD: Límite diario.
(S): Spinning, Bait casting y tarrito.
(M): Mosca o Fly Cast.
(T): Arrastre o trolling.
(SBM): Spinning exclusivamente con señuelo mosca, (caña y línea de spinning, con buldo y mosca).
AMBIENTE
Agrio (Río) - y todos sus afluentes – Neuquén – Modalidad (S), (M), (SBM) – Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas, excepto para el Área Natural Protegida Copahue. Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba.
Alicurá (Lago Embalse) - Neuquén y Río Negro – Neuquén. Modalidad (S), (M), (T), (SBM) – Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. Desde Confluencia Trafúl hasta 500 metros antes de la presa Alicurá: LD: 4 truchas arco iris, 2 percas y 20 pejerreyes. A partir del 02/05/19: LD: 2 truchas arco iris. Devolución obligatoria de truchas marrones y de arroyo (fontinalis), anzuelo sin rebaba, toda la temporada. Pesca del pejerrey autorizada hasta el 15/08/19 con los equipos indicados en la Parte Segunda, Punto 7º. En las áreas boyadas de las piscifactorías y las proyecciones de las mismas hasta la costa, que son de uso exclusivo de éstas, prohibida la pesca con cualquier modalidad, la navegación y las actividades acuáticas de cualquier tipo. Ambiente compartido, ver Anexo de Río Negro.
Aluminé (Lago) -Neuquén - Modalidad (S), (M), (T), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. LD: 2 percas. Hasta el 01/05/19: 1 trucha arco iris. Devolución obligatoria de truchas marrones. A partir del 02/05/19: Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba.
Aluminé (Río) – Neuquén– Modalidad, (S), (M), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas. Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba.
Arroyito (Lago Embalse) - Neuquén y Río Negro – Neuquén - Modalidad (S), (M), (T), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. LD: 1 trucha arco iris, 2 percas y 20 pejerreyes. A partir del 02/05/19: Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba. Pesca del pejerrey autorizada hasta el 15/08/19, con los equipos indicados en la Parte Segunda, Punto 7º. Ambiente compartido, ver Anexo de Río Negro.
Curruhué (Río) – PN Lanín y Neuquén – Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.
De los Giles (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), anzuelo sin rebaba - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19. LD: 2 percas. Devolución obligatoria de los todos los salmónidos. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling.
Doña Pancha (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19. LD: 1 trucha arco iris y 2 percas. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling.
El Aparato (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. Pesca de pejerrey autorizada hasta el 15/08/19 con los equipos indicados en la Parte Segunda, Punto 7º - LD: 5 pejerreyes y 2 percas. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling.
El Arco (Arroyo) - Neuquén – Pesca no autorizada.
El Chocón (Lago Embalse) - Neuquén y Río Negro – Ver Ramos Mexía, Ezequiel. Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. Ambiente compartido, ver Anexo de Río Negro.
El Palau (Laguna) – Neuquén - Modalidad (M), (S), (SBM)– Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19 – LD: 5 percas. Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba. Prohibida la navegación en todas sus formas.
Epu Lauquen (Laguna superior e inferior) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 1 trucha arco iris. Devolución obligatoria de truchas marrones, y de arroyo (fontinalis), percas y pejerreyes, anzuelo simple sin rebaba.
Escondida (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19. LD: 1 trucha y 2 percas. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling.
La Angostura (Río – unión entre los Lagos Moquehue y Aluminé) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling.
La Leche (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 1 Trucha Arco Iris. Anzuelo simple sin rebaba. Prohibida la navegación en todas sus formas.
Laguna Blanca (Laguna) – PN Laguna Blanca y Neuquén – Ver Anexo de Parques Nacionales. Pesca autorizada únicamente del 01/04/19 al 31/10/19. LD: 15 percas. Prohibida la navegación. Sectores autorizados ver croquis de página correspondiente. PN Laguna Blanca: únicamente frente a la Ruta Provincial No 46, en los sitios señalados por la cartelería. Consultar al personal de Guardaparques. Neuquén: Modalidad (M), (S), (SBM) únicamente sector perteneciente a la comunidad Mapuche Zapata en los sitios señalados por la cartelería. Consultar al personal de guardafaunas.
Lauquen Mallín (Laguna) – Neuquén - Modalidad (M), (SBM) – Neuquén - Apertura: 01/11/18- Cierre: 31/05/19. LD: 8 truchas.
Limay (Río) – PN Nahuel Huapi, Neuquén y Río Negro – Neuquén y Río Negro:
Zona I: Entre 500 m aguas abajo de la Presa Piedra del Águila (cartel de zona restringida) y 500 m aguas abajo del puente:- Modalidad (M), Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas, devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba.
Zona II: Entre el puente aguas abajo de la Presa Pichi Picún Leufú y la estación de aforo de la AIC (aproximadamente 2.000 m aguas abajo del puente): Modalidad (M), Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19. LD: 2 percas, devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba.
Zona III: Entre la estación de aforo de la AIC (aproximadamente 2000 m aguas abajo del puente cercano a la Presa Pichi Picún Leufú) y el paraje Álamo Guacho (señalizado): Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas y 10 pejerreyes. Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba. Pesca del Pejerrey sólo con equipo de mosca. Desde 500 m aguas abajo de la Represa El Chocón hasta aproximadamente 8 km aguas abajo (señalizado): Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas y 10 pejerreyes. Devolución obligatoria de todos los salmónidos. Anzuelo simple sin rebaba. Pesca del pejerrey sólo con equipo de mosca (M).
Zona IV: Entre la Presa Arroyito y la confluencia con el Río Neuquén: Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 1 trucha, 2 percas y 20 pejerreyes. Pesca del pejerrey sólo con equipo de mosca (M). Desde el 01/04/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba. Prohibido pescar a 500 mts. aguas arriba y abajo de la bocatoma del Canal Principal de Riego del Valle Inferior (Arroyito).
Ambiente compartido, Ver Anexos de Parques Nacionales y Río Negro
Litrán (Río) – Neuquén – Modalidad (M), – Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19, devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba.
Lolog (Lago) - PN Lanín y Neuquén – Desde 1.000 m antes del límite con el PN Lanín (señalizado en ambas costas) hasta cercanías de la boca del Río Quilquihue (señalizado): Modalidad (M), (S), (T), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. LD: 1 trucha, devolución obligatoria de las percas. Desde el 01/05/19: Prohibida la pesca de arrastre o trolling (T), devolución obligatoria de todas las capturas, anzuelo sin rebaba. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.
Los Barreales (Lago Embalse) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM)- Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/10/19. LD: 2 truchas, 2 percas y 20 pejerreyes. A partir del 02/05/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba. Pesca de pejerrey autorizada hasta el 15/08/19 con los equipos indicados en la Parte Segunda, Punto 7º.
Malleo (Río) PN Lanín y Neuquén – Neuquén- Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. Entre el límite con el Parque Nacional Lanín, hasta el puente de la ruta 23, Modalidad (M): LD: 1 perca, devolución obligatoria de todos los salmónidos. Desde el puente de la ruta 23 hasta la confluencia con el Río Aluminé, Modalidad (M), (SBM) anzuelo sin rebaba. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.
Mamuil Malal (Arroyo) - Neuquén – Pesca no autorizada.
Mari Menuco (Lago Embalse) – Neuquén - Modalidad (M), (S),(T),(SBM) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/10/19. LD: 2 truchas, 2 percas y 20 pejerreyes. A partir del 02/05/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba. Pesca de pejerrey autorizada hasta el 15/08/19 con los equipos indicados en la Parte Segunda, Punto 7º.
Matetue (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre 31/10/19 - Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling. A partir del 01/04/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo simple sin rebaba.
Moquehue (Lago) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (T), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. LD: 2 percas. Hasta el 31/05/19: 1 trucha arco iris. Devolución obligatoria de las truchas marrones. A partir del 02/05/19: Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba.Nahueve (Río) – Neuquén – Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas.
Navarrete (Laguna) – Neuquén –- Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas y 1 trucha.
Pichi Leufú (Arroyo) – Neuquén – Prohibida la pesca.
Pichi Picún Leufú (Lago Embalse) - Neuquén y Río Negro –Desde el fin de la Zona I del Río Limay (500 m. aguas abajo del puente) hasta 500 m. antes de la presa Pichi Picún Leufú: Modalidad (M), (S), (T), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/10/19. LD: 1 trucha arco iris , 2 percas y 20 pejerreyes. A partir del 02/05/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba. Pesca de pejerrey autorizada hasta el 15/08/19, con los equipos indicados en la Parte Segunda, Punto 7º. Ambiente compartido, ver Anexo de Río Negro.
Pichún (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 01/05/19. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling. A partir del 01/04/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba.
Puyulafquen (Laguna) – Neuquén - Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 01/05/19. Devolución obligatoria, anzuelo sin rebaba. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling.
Quemquemtreu (Río) – Neuquén - Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 01/05/19. Devolución obligatoria.
Quillahue (Arroyo) – Neuquén - Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 01/05/19. Devolución obligatoria, anzuelo sin rebaba.
Quillén (Río) – PN Lanín y Neuquén – Neuquén: Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 - Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas. Devolución obligatoria, anzuelo sin rebaba. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.
Redonda (Laguna) – Neuquén – Modalidad (M), (S), (SBM) – Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/10/19. Prohibido pescar desde embarcaciones con motor funcionando y la pesca de arrastre o trolling. A partir del 01/04/19: devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba.
Relen (Arroyo) – Neuquén – Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/05/19. Devolución obligatoria, anzuelo sin rebaba.
Reñileuvú (Río) – Neuquén – Modalidad (M) - Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas. Devolución obligatoria de las demás especies, anzuelo sin rebaba.
Ruca Choroy (Río) - PN Lanín y Neuquén – Neuquén. Modalidad (M) – Apertura: 01/11/18 – Cierre: 31/05/19. LD: 2 percas. Devolución obligatoria de todos los salmónidos, anzuelo sin rebaba. Ambiente compartido, ver Anexo de Parques Nacionales.